Un pasaporte debe sobrevivir al producto, y al proveedor.
Sus pasaportes deben permanecer exactos, recuperables e interoperables durante la década legal: a través de auditorías, cambios de titularidad y la propia continuidad de la plataforma. Cumplir ese deber como prestador de servicios DPP en virtud de ESPR Art 2(32) no es algo que un CMS pueda hacer.
Construido para la década legal, no para la demostración.
La residencia, la inmutabilidad, la interoperabilidad y el acceso no son funciones añadidas: son la forma en que se construye una infraestructura regulada.
Continuidad de los datos
Alojamiento en la UE con copia de seguridad incluida y una vía de depósito en garantía, de modo que el registro sobreviva a cualquier operador único, incluidos nosotros.
Interoperabilidad
Construido conforme al estándar DPP emergente de dos capas, de modo que un pasaporte se lea igual en todo sistema conforme.
Sellado
Diseñado para sellos electrónicos cualificados de un prestador de la lista de confianza de la UE, de modo que la autenticidad sea verificable.
Divulgación por niveles
Capas pública y restringida, con cada divulgación restringida registrada como una acción explícita y atribuible.
Identidad
Identificadores por artículo resueltos a partir del soporte de datos, conciliados con el registro de la UE en el envío.
Postura de seguridad
Controles de seguridad de la información mantenidos con vistas a la certificación formal a medida que madura el régimen.
Preparado para el sellado electrónico cualificado, antes de la puesta en marcha del registro.
El Reglamento de Ejecución del registro exige que cada envío de DPP lleve un sello electrónico cualificado de un QTSP incluido en una lista de confianza de la UE; los envíos que carezcan de él se rechazan automáticamente. Nuestra cadena de envío incorpora ese paso de sellado. Los certificados de sello cualificado se obtendrán de un QTSP de una lista de confianza de la UE antes de la incorporación al registro en producción; hoy no disponemos de ninguno y ningún envío está aún sellado.
Fuente: Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778, adoptado el 16 de julio de 2026 (DO 17.7.2026, en vigor el 6 de agosto de 2026). Requisito tomado del texto en proyecto, pendiente de nuestra revisión del anexo adoptado.
La obligación no termina cuando termina la venta.
Cada pasaporte permanece activo, consultable y sellado durante diez años y más, con independencia de cualquier operador único, incluidos nosotros.
Revisado por última vez el 12 de junio de 2026